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Novedades
| EVALUACIÓN ANUAL DEL SISTEMA DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA GESTIÓN 2011 - viernes, 27 de enero de 2012Ponemos a disposición del público en general la EVALUACIÓN ANUAL DEL SISTEMA DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA (Bancos, Mutuales, Cooperativas y Fondos Financieros Privados) con datos al 31 de diciembre de 2011. Descargar el documento |
| PRESENTACIÓN DE LA EVALUACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO 2011 - jueves, 22 de diciembre de 2011
En la mañana de hoy jueves 22, la Dra. Lenny Valdivia, Directora Ejecutiva de la Autoridad de Supervisión Financiera, en presencia de periodistas especializados de los medios de comunicación, dio a conocer aspectos relevantes sobre la evaluación de Sistema Financiero en la gestión 2011 y asimismo entregó las últimas publicaciones de ASFI al respecto. (ver presentación) Descargar el documento |
| RESOLUCION ASFI N° 772/2011 - Regulación de “Empresas de Servicio de Pago Móvil” - lunes, 14 de noviembre de 2011Mediante Resolución ASFI N° 772/2011 se incorpora, al ámbito de competencia de la Ley de Bancos y Entidades Financieras N°1488 (Texto Ordenado) para su regulación y supervisión por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, a las empresas que prestarán el servicio de pago a través de dispositivos móviles como Empresas de Servicios Auxiliares Financieros, que en adelante se denominarán “Empresas de Servicio de Pago Móvil”. Ver la Resolución |
| REGLAMENTO DE REGULACIÓN A CASAS DE CAMBIO - jueves, 22 de septiembre de 2011
En el marco de la implementación y ejecución de las políticas institucionales que viene desarrollando la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) se hace conocer de manera pública la emisión y vigencia de la Resolución No. 672/2011 de 14 de septiembre de 2011, mediante la cual se determina la normativa para la incorporación y adecuación de casas de cambio como Empresas de Servicios Auxiliares Financieros, así como su constitución, funcionamiento, disolución y clausura.
Dicha Resolución aprueba y pone en vigencia el "Reglamento para la Constitución, Incorporación, Funcionamiento, Disolución y Clausura de las Casas de Cambio". Las disposiciones contenidas en el documento, son de cumplimiento obligatorio para las Casas de Cambio constituidas como empresas unipersonales o bajo cualquier forma jurídica, que fueron incorporadas como Empresas de Servicios Auxiliares Financieros al ámbito de supervisión y regulación de ASFI.
Las Casas de Cambio que se encuentran en funcionamiento deberán iniciar el proceso de incorporación ante esta Autoridad hasta el 29 de junio de 2012 (Artículo Único, Sección 8 del Reglamento para la Constitución, Incorporación, Funcionamiento, Disolución y Clausura de las Casas de Cambio).
Descargar el documento |
| RESOLUCION ASFI N° 591/2011 - miércoles, 10 de agosto de 2011La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), mediante Resolución Nº 591/2011 dispuso que las entidades del Sistema Financiero Nacional amplien el plazo de un año calendario, para la conciliación de deudas contraídas por las personas damnificadas por el megadeslizamiento de la ladera Este de la ciudad de La Paz. Esta disposición entrará en vigencia a partir del 27 de agosto de 2011. Descargar el documento |
| COMUNICADO AL PÚBLICO - CLONACIÓN DE TARJETAS DE DÉBITO Y CRÉDITO - jueves, 05 de mayo de 2011 La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) ante diversas denuncias sobre clonación de tarjetas de débito y crédito realizadas principalmente en la ciudad de Santa Cruz, informa lo siguiente:
* Es responsabilidad de las entidades financieras establecer las medidas de seguridad y el control sobre el adecuado funcionamiento de las mismas en los cajeros automáticos, incluyendo el sistema de vigilancia y monitoreo de cámaras que permitan registrar y almacenar imágenes de los eventos que ocurran en los cajeros automáticos, en el marco de lo establecido en el Título XI Capítulo IV de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras y las políticas internas de cada entidad.
En este sentido, ASFI ha instruido a todas las entidades financieras lo siguiente:
- Estricto cumplimiento de la Normativa referida a medidas de seguridad en cajeros automáticos y la atención de los reclamos presentados por los clientes relacionados con estos hechos delictivos.
- Comunicar a sus clientes bajo diferentes canales o medios sobre las medidas precautorias que deben mantener a efectos de evitar posibles clonaciones de las tarjetas de débito y crédito.
* Para la prevención de clonación de tarjetas de débito y crédito se sugiere tomar las siguientes medidas de precaución:
1. Las tarjetas de débito y crédito son personales, no debiendo confiar las mismas a terceros ni proporcionar la clave de PIN, inclusive a familiares.
2. Cambiar periódicamente la clave de PIN
3. No perder de vista la tarjeta de débito y/o crédito al realizar pagos en comercios, restaurantes, gasolineras y otros establecimientos no confiables, sitios en los cuales es susceptible de que se originé la clonación.
4. Antes de firmar el recibo de compra, verificar que el número de la tarjeta y el monto sean los correctos.
5. No firmar nunca un recibo de transacción en blanco, podría ser llenado con otro monto.
6. Operar en establecimientos confiables y serios.
7. Si la transacción falló, exigir el comprobante o ticket donde conste el código de respuesta denegada, o la leyenda “ error”.
8. Si no le entregan el comprobante, cambiar inmediatamente el PIN.
9. No operar en cajeros automáticos con señales de que hubieran sido alterados.
10. Seguir las instrucciones y alertas precautorias emitidas por las entidades financieras.
* Los clientes financieros pueden acudir a las oficinas SARC Servicio de Atención a Reclamos de Clientes de las entidades financieras o al Centro de Consultas y Reclamos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
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Primer Encuentro Financiero sobre Bancarización y Crédito Productivo
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