Cajeros automáticos para personas con discapacidad

En el marco de lo establecido en el Artículo 74 de la Ley de Servicios Financieros N° 393, los consumidores financieros gozan del acceso a los servicios financieros con trato equitativo sin discriminación, por tal motivo la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI regula la implementación de Cajeros Automáticos para personas con discapacidad física, motora y visual.